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La Iglesia vuelve a lo de antes

EXTRACTO REFERIDO A LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN E HIGIENE Y A LAS LIMITACIONES DE AFORO EN ACTOS DE CULTO
Y LUGARES RELIGIOSOS
CONTENIDOS EN EL
ACUERDO /2020, DE 20 DE AGOSTO, DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID- 19, EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
A la vista del incremento considerable de los brotes y contagios producidos en el mes de agosto y para impedir en la medida de lo posible la expansión descontrolada del COVID-19, y, por tanto, la transmisión comunitaria, se estima necesario adoptar nuevas medidas de prevención y control que permitan la contención de la pandemia en el territorio de Castilla y León.
Así, en primer lugar, es necesario reforzar el uso de la mascarilla al ser, junto con el cumplimiento de la distancia interpersonal de al menos 1,5 m. y las medidas de higiene, el medio más eficaz y sencillo para luchar contra la pandemia.
En cuanto a las limitaciones de aforos a aplicar a los diferentes sectores de actividad, como regla general, se reducen los aforos máximos permitidos a los diferentes sectores de actividad, que pasan del 75% al 50 %; se reducen los límites máximos de ocupación de determinados eventos, en particular, la participación en los entierros pasa de un máximo de 75 personas a 50 personas y en las ceremonias o celebraciones nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles, se restringe la ocupación a un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 100 personas en espacios cerrados.
Efectos.
El presente acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del 22 de agosto de 2020, y mantendrá su eficacia mientras dure la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
2.– MEDIDAS GENERALES DE HIGIENE Y PREVENCIÓN.
2.7. Medidas de higiene y prevención en la celebración de actos de culto religioso.

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