
Hoy a primera hora de la mañana dejamos en el despacho de Pedro un termómetro para su verificación.
Recordar que el real decreto establece que la temperatura del aire de los recintos –no de las viviendas– no será superior a 19 grados, cuando se trate de calefacción; ni inferior a 27 grados, en el caso del aire acondicionado.
En unas horas , cuanto tengamos tiempo, recogeremos el sofisticado instrumental de medición , prestado por Isidro el del Bodegón 😉 para su análisis.
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