
carracEDELo
Modificación de créditos número 14/2021
Elevado a definitivo el acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria de fecha 3 de
diciembre de 2021, por el que se aprueba inicialmente del expediente de modificación de créditos
n.º 14/2021, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido
de tesorería al no haberse presentado durante el plazo de exposición al público previo anuncio
publicado en el BoLETíN ofIcIaL DE La ProvINcIa DE LEóN, núm. 233, de fecha 10 de diciembre de
2021, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto refundido de
la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo:
SuPLEMENToS DE créDIToS EN aPLIcacIoNES DE GaSToS
aplicación
Progr. Económica Descripción Suplemento de crédito
165 22100 alumbrado público 108.000,00
231 22100 Energía eléctrica cIaS 2.500,00
312 22100 Energía eléctrica consultorios médicos 17.500,00
321 22100 Energía eléctrica colegios 9.000,00
333 22100 Energía eléctrica museo 4.500,00
342 21100 Energía eléctrica instalaciones deportivas 8.500,00
Total 150.000,00
SuPLEMENToS EN coNcEPToS DE INGrESoS
aplicación Descripción Importe
870.00 remanente de Tesorería para gastos generales
Total 150.000,00
además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I
del título vI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en
materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo
a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad
específica, verificado en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto refundido de
la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de dicha Jurisdicción.
En carracedelo, a 20 de enero de 2022.–El alcalde, raúl valcarce Díez.
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