
Y los centros comerciales.
- el consumo no podrá ser en barra ni de pie.
- el consumo deberá realizarse sentado en mesa o en agrupaciones de mesas
- no podrá superarse un tercio del aforo.
- la ocupación máxima de las mesas o agrupación de estas será de 6 personas.
- la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de:
- 1,5 metros en terrazas al aire libre
- 2 metros en el interior de los establecimientos.
- las terrazas se podrán abrir al 75 % del aforo
- antes y después del consumo o durante el tiempo de espera entre consumos de alimentos y/o bebidas será obligatorio el uso de la mascarilla.
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