Alerta Sanitaria

Diario de estado de alerta sanitaria – Día 67. Fase 1

Alerta sanitaria
Mañana 21 de mayo entra en vigor la “Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”.

Dicha orden regula el uso de las mascarillas, estableciendo los casos y supuestos en los que su utilización será obligatoria.

El uso de mascarilla de cualquier tipo, preferentemente higiénica y quirúrgica, que cubra nariz y boca será obligatorio para personas de seis años en adelante en:

la vía pública
espacios al aire libre
espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público

siempre que no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos  2 metros.

Quedan excluidas de dicha obligación:

personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

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